Blog

Normas de estacionamiento a menos de 5 metros de una intersección Base legal

Publicado el

• Las normas se recogen en el Reglamento de Tráfico y Señalización Vial de 1990 (RVV 1990), Artículo 24, apartado 1a. Este establece: «El conductor no podrá estacionar su vehículo en una intersección a menos de cinco metros de ella».

• Una «intersección» es cualquier punto donde las carreteras se cruzan o convergen. Está prohibido estacionar en un radio de 5 metros a partir de este punto.

¿Qué significa esto en la práctica?

• No se puede estacionar a menos de 5 metros de la esquina de una intersección. La distancia se mide desde la esquina de la intersección hasta la parte delantera o trasera del vehículo.

• La prohibición se aplica al estacionamiento, pero detenerse brevemente solo está permitido si no supone un peligro ni una obstrucción.

• Además de la prohibición de estacionar a menos de 5 metros de una intersección, también se prohíbe estacionar:

o Delante de las entradas o salidas (entrada/salida).

Fuera de zonas urbanizadas, en la calzada de una vía prioritaria (salvo indicación contraria).

A menos de 5 metros de pasos de peatones o ciclistas.

Multas y medidas de control

• Estacionar a menos de 5 metros de una intersección constituye una infracción del código de infracción R397A. • La multa suele ser de aproximadamente 110 €, sin incluir los gastos administrativos. • Los municipios y la policía aplican activamente la ley, especialmente en zonas urbanas.

Seguridad y prácticas • Las investigaciones demuestran que estacionar a menos de 5 metros de una intersección aumenta el riesgo de accidentes, especialmente entre ciclistas, motocicletas y coches, debido a la visibilidad reducida. • Los municipios pueden instalar marcas o señales adicionales, pero la normativa legal siempre se aplica, incluso sin marcas.

Usamos cookies para personalizar el contenido y analizar el tráfico del sitio web. Por favor, confirme si acepta nuestras cookies de seguimiento.